Hola a todos y feliz año. Comienza este 2022 con una noticia que no puedo dejar de comentar y es que a partir de ahora, los animales van a dejar de ser considerados bienes tipo objeto para ser considerados como seres sintientes o seres vivos dotados de sensibilidad.
La ley que entra en vigor modifica el Código Civil en tal sentido (también algunos preceptos de la Ley Hipotecaria y de la Ley de Enjuiciamiento Civil) y en la práctica, podremos verlo reflejado sobretodo en situaciones de separación o divorcio, donde se garantizará la protección animal, se tendrá en cuenta su mejor hogar, se decidirá bajo el cuidado de quién se queda…
He de decir, que pese a que se trate de un cambio reciente, alguna vez parejas que iban a divorciarse me han pedido regular la custodia y visitas de su perro o gato a través del pacto de relaciones familiares, pues al fin y al cabo, se trataba de un pacto donde podían regular lo que deseasen si no causaban perjuicio a terceros. Los jueces lo aprobaron sin poner problema.
Eso en caso de acuerdo, pues en caso de desacuerdo hasta ahora un juez no resolvía sobre la cuestión de los animales como habrá de hacer en adelante.
La ley que ha entrado en vigor sienta las bases sobre las que el juez deberá decidir sobre a quién atribuir el cuidado del animal, atendiendo a su interés y bienestar y no al de los dueños. También sobre los gastos de su cuidado, visitas en su caso etc
Otra situación en la que este cambio se verá en la práctica, es por ejemplo en caso de accidentes de tráfico, donde ya los animales no van a tener el mismo valor que una maleta y habrá obligación de atenderlos, así como ya no va a ser posible que puedan ser embargados como cualquier objeto material.