¿Qué ocurre cuando un miembro de la pareja realiza una mayor aportación para el pago de una vivienda que se ha puesto a nombre de ambos?
El supuesto sería una pareja no casada que adquiere una vivienda que se inscribe a nombre de los dos. Posteriormente contraen matrimonio y en el momento en el que se produce el divorcio, uno de los dos alega que no se han abonado los gastos de la vivienda (préstamo mensual, gastos de constitución de hipoteca…) por partes iguales sino que su aportación ha sido mayor que la de su pareja.
De quedar acreditado este hecho, los dos seguirían siendo copropietarios al 50% de la vivienda, pero aquél que ha invertido mayores cantidades de dinero que el otro en la adquisición de la misma, tendrá un crédito frente al otro (una cantidad que le adeudara aquél que abonó cantidades inferiores).
Un supuesto similar resuelve la Sentencia del Tribunal Supremo de 7 de febrero de 2011.