Hoy se cumplen años de la desaparición/asesinato de Marta del Castillo, un caso muy mediático que todos hemos ido siguiendo desde entonces a través de la prensa.
Pese a que el cuerpo de Marta no ha aparecido, en virtud de la prueba practicada Miguel Carcaño fue condenado por su asesinato, pero igual que eso lo hemos tenido claro a través de la prensa, no nos han dejado tan claro si tuvo alguna consecuencia el hecho de que el cuerpo no apareciera y que se dieran varias versiones sobre el lugar en el que se encontraba el cuerpo.
Tras ser recurrida la sentencia inicial en la que esto no se tenía en cuenta a la hora de la condena, el Tribunal Supremo aumentó la pena de prisión impuesta a Carcaño por un delito contra la integridad moral hacia la familia de Marta. Y ello porque a lo largo de la instrucción del procedimiento cambió reiterada y deliberadamente la versión sobre el lugar en el que se encontraba el cuerpo.
Tal actuación es evidente que creó un sufrimiento adicional a la familia de Marta, además de todos los gastos ocasionados en la búsqueda del cuerpo que superaron los 600.000 euros.
El delito contra la integridad moral está recogido en el artículo 173.1 del Código Penal: «El que infligiera a otra persona un trato degradante, menoscabando gravemente su integridad moral, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años».
En esta horquilla, 15 meses de prisión fue lo que se le impuso a Miguel Carcaño, a sumar a la condena de prisión por asesinato.
Espero que a colación del aniversario de la desaparición, os haya aportado algo nuevo de este triste caso del que ya mucho hemos visto. Feliz semana.